El
origen de nuestra raza se remonta
al momento mismo en que se empezó
a traerá el canario silvestre
a España, concretamente a Castilla,
entre finales del siglo XIV y principios
del XV. El principal atractivo del
canario silvestre era su canto y en
este aspecto es de suponer que se
centraría su selección
desde los inicios de su cría
en cautividad.
Pocos
datos disponemos acerca de aquellos
primeros canarios domésticos,
pero con el tiempo y, suponemos, con
una selección de los cantores
más aptos, se consiguió
un tipo de canarios muy valorado por
su canto y que se dio en llamar canario
del País.
Algunas zonas son
citadas como focos de crianza más
importantes, entre ellas Andalucía,
Asturias y Cataluña. Especialmente
famosos fueron los canarios de la
localidad catalana de Vich, a los
que se describió como aquellos
"cuyo meritorio canto era apreciado
fuera de nuestras fronteras por no
emitir notas desagradables y sí,
en cambio, multitud de variaciones
bien vocalizadas y moduladas, en un
repertorio contrastado de tonalidades
diversas, en el cual (...) expresaban
estrofas completas del canto del ruiseñor
emitidas con discreta sonoridad y
delicados tonos de voz".
El
canario del País estuvo a punto
de desaparecer debido a una serie
de causas, las principales fueron:
- La aparición en España de los primeros canarios rizados importados, que fueron cruzados con los "del País" para buscar características anatómicas más próximas a los canarios de postura (principalmente aumento de talla).
- El auge del canario Roller, que hizo que la mayor parte de los escasos ejemplares puros "del País" que quedaban fueran cruzados.
- La Guerra Civil Española y sus desastrosas consecuencias.
- Para algunos autores también mermó el plantel de criadores el éxito que alcanzaron los canarios de "factor rojo".
En
los años cuarenta un grupo
de aficionados madrileños se
propuso recuperar la antigua raza
del País. Fruto de su trabajo
fue que en 1950, se confeccionase,
basado en el del canario Roller, el
primer Código de Canto. En
1954 la Asociación de Canaricultores
Españoles confeccionó
un nuevo Código de Canto y
bautizó a la raza con el nombre
de Timbrado Español.
El
siguiente paso fue solicitar el reconocimiento
internacional de la raza, lo que se
produjo en el año 1956, con
ocasión del "IV Campeonato
Mundial de la C.I.C.", celebrado
en Barcelona. El resultado no pudo
ser más decepcionante: la comisión
encargada de valorar la nueva raza
desestimo su reconocimiento internacional
por considerarla el fruto no depurado
de cruces con el canario Roller.
Fue
en Bruselas, en el año 1962,
durante el transcurso del "X
Campeonato Mundial de la C.O.M.",
y a instancias de la A.C.E., cuando
por fin se reconoció internacionalmente
al Timbrado Español.
Mucho
se ha avanzado desde entonces y numerosos
han sido los Códigos de Canto
y planillas de enjuiciamiento que
se han sucedido; muestra inequívoca
del arraigo y del interés despertado
por el canario de Canto Timbrado Español
entre la afición española.
En
el concepto técnico de canto
Timbrado Español que se expone
en este Código, se indica cual
es la base en la que debe estar apoyado
este tipo de canto, qué es
lo que le hace diferente a las otras
variedades del mismo tipo, y de una
forma general, sus características
técnicas, tanto desde el punto
de vista de las cualidades principales
de los sonidos que deben formar los
giros y notas, como de las características
musicales de la canción que
se debe componer con dichos giros.
Esta
definición será el punto
de referencia ante cualquier duda
que se plantee a un juez en un enjuiciamiento
para valorar la calidad de los ejemplares
cuando se le presenten para enjuiciar
canarios de las diferentes líneas
de canto "Timbrado" que
se crían.
Los
giros emitidos por el canario de canto
"Timbrado Español"
deberán de tener las siguientes
características fundamentales:
El
tono general de los mismos debe comprender
un amplio registro tonal, sin que
este canario tenga que especializarse
en un determinado tipo de tono, tal
como sucede en las otras variedades
de canto que existen en la actualidad.
En atención a lo aquí
expuesto no se considerarán
ejemplares de primera categoría
aquellos que emitan una canción
inmersa toda ella en tonos "acuosos"
o con un tono general grave, por ser
estas, como queda dicho, características
de la canción de otras variedades
de canto.
La
intensidad de voz de los giros emitidos
debe tener un valor tal que permita
la clara audición de las vocales
y consonantes que compongan los mismos
y sin llegar a la estridencia, de
tal forma que resalte el carácter
musical alegre de este tipo de canto.
El
timbre de los giros emitidos, igual
que lo indicado para el tono, podrá
abarcar un amplio espectro siempre
que no sea igual al de las otras variedades
de canto actualmente reconocidas.
En
cuanto a las características
de la canción que debe componerse
con los giros, la misma debe estar
basada principalmente en:
- Ritmos lentos que permitan una dicción lo más clara posible, por tanto, se considerarán giros principales de este tipo de canto aquellos cuyo ritmo sea lento o semilento, sin que por ello deba despreciarse los giros de ritmo rápido pues los mismos también contribuyen a la riqueza y variedad de este tipo de canto, pero la canción no debe apoyarse en ellos pues esto es una especialización característica de otra variedad de canto oficialmente reconocida.
- Melodías muy variadas, y por tanto deben estar compuestas por giros de todos los tipos de ritmo de emisión, pero en las que predominarán los lentos y semilentos, de tal forma que los cambios de ritmo se produzcan de forma clara y sin brusquedades. Atendiendo a lo aquí expuesto no se considerarán ejemplares de primera categoría aquellos que repitan monótonamente un tipo determinado de giros en perjuicio de una canción variada.
- Como resumen, el canto Timbrado Español debe ser de ritmo lento, con buena dicción, y muy variado.
- Al ser el canto "Timbrado Español" un tipo de canto, y por tanto, que puede ser emitido por muchos tipos de ejemplares, estos ejemplares se considerarán dentro de esta variedad, siempre que: la canción emitida tenga las características recogidas en esta definición conceptual, los giros se pueden clasificar dentro de la Planilla de enjuiciamiento y en la correspondiente definición del Código, y que no emitan una canción basada en los giros y características de canto de las variedades de canto oficialmente reconocidas.
FENOTIPO.
No
siendo el canario de Canto Timbrado Español ni de color ni de forma,
queda el criador en libertad de ajustar
los caracteres fenotípicos
de sus ejemplares según la
evolución del canario silvestre.
NO se admitirán el factor rojo
ni la presencia de rizos en el plumaje.